Como estaba previsto, esta semana que termina se realizó el escrutinio definitivo de las elecciones generales que se desarrollaron en la provincia de Santa Fe el domingo 29 de junio.
En palabras del secretario electoral, Pablo Ayala, no hubo grandes modificaciones entre los resultados que se conocieron minutos después del cierre de los comicios con los obtenidos en el recuento posterior.
En diálogo con CyD Litoral, el funcionario explicó: “El miércoles ya habíamos finalizado los 364 distritos y el jueves hicimos lo propio con Rosario, como se había anticipado. Con esto dimos por concluido el escrutinio y se publicaron los resultados”.
Sin cambios pero con correcciones
En otro tramo de la entrevista, Ayala remarcó: “No hubo cambios sustanciales. (Los resultados) fueron muy similares a lo que arrojó el escrutinio provisorio. Se salvan algunas cuestiones o errores que se puedan dar en la carga”.
“Por ejemplo, tomó notoriedad que en algunas localidades aparecían con datos en cero. Todas esas cuestiones que uno ve el domingo por la noche y quedan como ‘apostillas’, se resuelven en el definitivo, que da certeza jurídica en los resultados”, detalló.
—¿Cuál fue el porcentaje de participación?, consultó este medio.
— Cada distrito tuvo un porcentaje diferente de participación. El promedio provincial rondó el 51%.

Justificar la inasistencia
En simultáneo, el Tribunal Electoral de Santa Fe habilitó un sitio en Internet para aquellas personas que no fueron a votar y deban justificar su inasistencia.
“A través de la página web se puede justificar la inasistencia a votar. Es un formulario muy sencillo y los ciudadanos que no concurrieron a sufragar tienen un plazo de 60 días. Después el Tribunal analiza la situación de quienes hayan justificado”, dijo al respecto Ayala.
Se trata de un formulario de Google donde el interesado debe completar con datos personales tales como: correo electrónico; nombre y apellido; DNI. Luego debe elegir el motivo de la ausencia y el sistema propone cuatro; a saber:
- Los jueces y auxiliares que por imperio de la ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto electoral.
- Lejanía, motivos razonables (más de 500 km del lugar de votación).
- Enfermedad o imposibilitados por fuerza mayor.
- Personal de organismo y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
Luego se puede agregar un documento que respalde la justificación; como ser un certificado médico o alguna prueba de viaje. Por último, la plataforma permite realizar una observación vinculada, no obligatoria para enviar el formulario.

Lo que queda del cronograma electoral
Son dos las fechas que quedan en el cronograma electoral santafesino. El 29 de julio, se termina el plazo para presentar la rendición de cuentas / gastos de campaña generales, según lo estipula el Art. 9 Ley N° 12.080.
Mientras que lo último anotado en la agenda es el jueves 28 de agosto; esa jornada finaliza el plazo para la justificación de la no emisión del sufragio.
Con información de El Litoral
