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jueves, 27 agosto 2026

La Justicia declaró inconstitucional un artículo clave de la reforma laboral

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La Justicia volvió a poner bajo la lupa la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802, al considerar que establece un régimen de actualización menos favorable para determinados créditos laborales que ya se encontraban judicializados.

El fallo fue firmado por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez y se originó en una causa vinculada con el despido de un trabajador de un lavadero ocurrido en 2022. Según el tribunal, la aplicación de la nueva normativa podía generar una reducción significativa del monto que finalmente percibiría el trabajador por su reclamo.

El artículo cuestionado establece un mecanismo particular para actualizar determinados créditos laborales. La norma fija un piso equivalente al 67% del valor que surgiría de actualizar el crédito mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC), sumado a una tasa de interés pura del 3% anual. En términos prácticos, esto puede representar una reducción cercana al 33% respecto de otros mecanismos de actualización.

Para los magistrados, esta diferencia afecta derechos protegidos por la Constitución Nacional. El fallo señaló posibles vulneraciones a los artículos 14, 16 y 17, además del principio protectorio del artículo 14 bis, que establece una tutela especial para los derechos de los trabajadores.

Uno de los principales argumentos de la Cámara fue que la norma genera un trato desigual entre trabajadores que recurrieron a la Justicia para reclamar sus créditos y aquellos cuyos reclamos no se encontraban judicializados. Para el tribunal, no resulta razonable que quien tuvo que iniciar un juicio termine en una situación menos favorable por haber acudido a los tribunales.

La resolución se suma a otros pronunciamientos que cuestionaron el mismo artículo en distintas jurisdicciones. Sin embargo, no existe todavía un criterio uniforme en la Justicia laboral: mientras algunas salas declararon su inconstitucionalidad, otras consideraron que la disposición resulta válida.

De esta manera, el futuro del artículo 55 vuelve a quedar en el centro del debate judicial. La existencia de decisiones contradictorias abre la posibilidad de que la discusión llegue a instancias superiores y eventualmente requiera una definición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo representa así un nuevo revés judicial para uno de los puntos centrales de la reforma laboral y agrega incertidumbre sobre la manera en que deberán actualizarse los créditos correspondientes a los trabajadores que ya tienen causas en trámite.

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