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miércoles, 19 noviembre 2025

Futbol argentino: Carlos Iparraguirre explicó las cláusulas de recisión como una estrategia fiscal de los clubes

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El reconocido abogado de derecho deportivo Carlos Iparraguirre advierte sobre las cláusulas de rescisión, tras su popularización en el fútbol argentino, se han convertido en uno de los focos más complejos del mercado de pases local.

Estas cláusulas —aclara el letrado— se pactan siempre de común acuerdo entre el jugador y el club, en respaldo a la institución ante la posibilidad de que el jugador rompa la relación laboral de manera unilateral, ya sea al firmar un primer contrato profesional o durante una renovación.

Se calcula su valor en función de varios factores: los años de contrato, el salario del jugador, su edad y el costo de desprenderse de él para la institución. Cabe además aclarar que los jugadores, pueden firmar su primer vínculo a la corta edad de 16 años, por ende ya tener una cláusula millonaria a corta edad.

En Argentina, el uso formal de estas cláusulas se popularizó hace pocos años. Pero hubo un caso que generó el alerta en los clubes, con el polémico caso de Martín Bravo, dónde el jugador santafesino se consideró libre tras no haber firmado su vínculo con el club santafesino, lo que le permitió marcharse de Colón sin dejar indemnización alguna para su antiguo club. Esa salida generó una ola de reproches y abrió el debate sobre la necesidad y regulación de estos mecanismos de rescisión.

Llevándonos a ese momento, en Santa Fe ya se especulaba con este desenlace: el delantero había rechazado el ofrecimiento de un nuevo contrato —el anterior había vencido el 30 de junio del 2008— el continuaba en el club, aunque tampoco se presentó a los primeros tres días de entrenamiento.

Pese a que la dirigencia confiaba en alcanzar un acuerdo de último momento, eso nunca sucedió y, finalmente, Bravo continuó su carrera en México sin que Colón reciba dinero por la transferencia.

Si bien el delantero tenía un vínculo (tácito) al haber expirado y no aceptar una renovación, quedó automáticamente en condición de jugador libre  y negoció su ficha por su cuenta. En el fútbol argentino existía la posibilidad de extender unilateralmente el contrato por dos años más, pagando el 20% del salario del futbolista mejor remunerado del plantel, que surgía de manera automática al momento del vencimiento del contrato sin que las partes lleguen a un acuerdo.

Sin embargo, este mecanismo no estaba reconocido por la FIFA y en nuestro país era en uno de los pocos países que se utilizaba, lo que dejaba a los clubes en un terreno gris y explicaba por qué varias instituciones analizaban iniciar gestiones o reclamos para evitar nuevas pérdidas patrimoniales.

El abogado también advierte un fenómeno cada vez más frecuente: los clubes más modestos suelen tener dificultades para fijar cláusulas muy elevadas, porque si las establecen demasiado alto, luego deben ofrecer sueldos acordes para que el jugador acepte.

“Si pones una cláusula de U$S 10 millones —ejemplifica Iparraguirre—, también tenés que pagarle un contrato que respalde ese monto. No todos pueden hacerlo”, expresó a este medio.

Además, el especialista da a entender que algunos clubes utilizan las cláusulas como una estrategia fiscal: “Diciendo que el jugador se va por el valor de la cláusula, evitan pagar ciertos impuestos que existen en una transferencia común. Además, algunos jugadores tienen que ceder hasta un 15% para que la operación sea viable”.

Cabe aclarar además que las cláusulas de recisión deben ser ejecutadas directamente por el jugador, realizando el depósito de dicho importe, a la cuenta del club o de la AFA en caso de que el club se niegue a recibirlo, para poder liberarse del club en el cual se esté desempeñando.

Para ilustrar la magnitud de estas disputas, Iparraguirre relaciona el fenómeno argentino con el caso internacional de Lassana Diarra, el ex mediocampista francés que reclama a la FIFA más de €65 millones. Tras una histórica batalla legal en Europa, la Corte de Justicia de la Unión Europea determinó que ciertas reglas de FIFA violaban el principio de libre circulación de jugadores, obligando a reformar su normativa.

Ese fallo puso en jaque puntos clave del Reglamento de Estatuto del Jugador (RSTP) de FIFA, especialmente el artículo 17, que hasta ahora imponía severas indemnizaciones cuando un jugador rompía su contrato sin causa justa.

Iparraguirre advierte que aunque la realidad europea y la sudamericana son muy diferentes, el principio es el mismo: la reserva de poder por parte de los clubes para definir términos de salida de sus jugadores puede derivar en litigios muy costosos. Hace un llamado a una mayor regulación y transparencia, especialmente en ligas como la argentina donde el mercado de pases está creciendo rápidamente.

Al final de la charla  sostiene, las cláusulas no son un capricho: “Son un contrato. Y como todo contrato, implican obligaciones y responsabilidades para ambas partes. Si no están bien diseñadas, pueden generar un daño enorme para los clubes, para los jugadores y para la estructura misma del fútbol nacional.”

Cómo se ejecuta la clausula en el futbol argentino

  • El jugador notifica que ejecutará la cláusula vía carta documento al club.
  • El club debe suministrar el CBU de la cuenta bancaria para el depósito. Si se niega, el futbolista puede abonar directamente a la Asociación del Fútbol Argentino.
  • También la parte que rompe el vínculo debe pagar impuestos y costos administrativas para que la AFA debe emitir el certificado de transferencia.

AFA modificó la reglamentación ante la complegidad de los casos donde los jugadores tienen la opción de activar lo que se denomina «cláusula simplificada de finalización anticipada de contrato«, siempre que se formalice un acuerdo con el club al que pertenecen.

Según Futbolistas Argentinos Agremiados, así las tres partes involucradas puedan pactar cómo se pagará la cláusula, que incluso puede ser en cuotas e incluir metas deportivas a cumplir, que podrían representar ingresos adicionales para el vendedor.

Tanto en las operaciones tradicionales como en las que se establecen por una clausula de resicion se aplican los mismos porcentajes obligatorios (2,5% al Fondo de Retiro, 2% a AFA y 0,5% a Agremiados) y tributar el 8% según el Decreto 510/23, pero el pago por cláusula no obliga a destinar el 15 por ciento habitual al jugador.

Fuente: Doble Amarilla

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