La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso una medida cautelar provisoria que restablece las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de ciudadanos y empresas extranjeras. La decisión llegó luego de la polémica generada por un fallo anterior que había dejado sin efecto una medida judicial contra la derogación de la normativa.
Con una resolución de carácter interino, el máximo tribunal suspendió los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, impulsado por el presidente Javier Milei, que había derogado la Ley de Tierras Rurales.
La nueva decisión se originó a partir de una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie, junto con las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, entre otros demandantes. Los reclamantes solicitaron que se aclarara el alcance del pronunciamiento anterior de la Corte y defendieron la necesidad de proteger el ambiente y los territorios ancestrales.
El tribunal resolvió devolver el expediente a la Justicia Federal de Bariloche para que analice si los demandantes están habilitados para impulsar la acción judicial y si corresponde otorgar la protección solicitada. Mientras se resuelve esa cuestión, dispuso suspender provisoriamente los efectos del artículo cuestionado.
De esta manera, vuelven a regir las restricciones establecidas por la Ley 26.737, que fijaba un límite del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales, además de establecer topes por nacionalidad y por titular.
La resolución se conoció pocos días después de que la Corte revocara un fallo que había declarado inconstitucional la derogación de la norma en una causa impulsada por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. En aquella oportunidad, el máximo tribunal consideró que la organización no contaba con la legitimación necesaria para promover ese reclamo.
La nueva medida, sin embargo, no resuelve de manera definitiva la controversia sobre la validez constitucional del decreto. La cuestión continuará bajo análisis judicial, mientras se mantiene suspendida provisoriamente la disposición que había eliminado las restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
