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sábado, 4 mayo 2024

Santa Fe podrá comprar vacunas sin depender del gobierno nacional

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El jueves de esta semana, la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe convirtió en ley el proyecto que habilita al Ejecutivo a comprar vacunas contra el coronavirus de los diferentes laboratorios sin depender de las tratativas que se realizan a nivel nacional.

La norma que ya contaba con media sanción del Senado provincial, fue votada este jueves sobre tablas en la sesión de la Cámara baja y la habilitación para llevar a cabo estas negociaciones estará vigente mientras dure la emergencia sanitaria declarada mediante Decreto Nº 270/2020 e incluye la posibilidad de celebrar contratos en moneda extranjera.

El primer artículo de la normativa indica: "Facúltase al Poder Ejecutivo a iniciar negociaciones y celebrar los contratos -incluso en moneda extranjera-, previo informe fundado de la autoridad sanitaria provincial, necesarios para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, en los términos y condiciones previstas en la ley nacional Nº 27.573, pudiéndose omitir la exigencia de garantías, fianzas y/o cauciones, mediante un procedimiento exceptuado de lo establecido en el Título III, Capítulo I de la ley provincial Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado".

La norma autoriza al Ejecutivo a incluir en los contratos cláusulas o acuerdos de confidencialidad, en ejercicio de las funciones encomendadas y con el objeto de efectuar la adquisición de vacunas.

A su vez, los contratos de adquisición de vacunas y la documentación complementaria deberán tener de manera obligatoria una intervención previa de los Ministerios de Salud y Economía, y de la Fiscalía de Estado.

A dicho control se sumará la propia Legislatura, a la que el Ejecutivo deberá informar cada sesenta días y por escrito sobre toda adquisición, entrega, distribución territorial y aplicación de las vacunas.

Esta información, que deberán recibir ambas cámaras de la Legislatura provincial, mantendrá igualmente todos los recaudos previamente nombrados, a fines de respetar las cláusulas de confidencialidad que pudieran incluirse en los contratos.

Fuente: La Capital

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