Desde este lunes 1ro de septiembre, con su publicación en el Boletín Oficial, rigen los nuevos cuadros tarifarios de gas natural por redes con una suba promedio del 2% en las facturas de los clientes residenciales, comerciales e industrias Pymes. El gobierno nacional ajustó el valor del combustible, y las remuneraciones a las empresas que se encargan de su transporte y distribución.
Los impuestos suben también para quien compare factura contra factura por tratarse de una proporción de otros ítems que son más altos. Pero también, porque se encarece para todos los usuarios el subsidio cruzado que sustenta los beneficios para el llamado Régimen de Zona Fría, del que la ciudad de Santa Fe está excluida. Sólo el sur del mapa de la bota goza de esos descuentos del 30% ó del 50% en el valor del gas para los usuarios residenciales categorizados como N3 y N2 respectivamente.

El Ministerio de Economía de la Nación resolvió aplicar un ajuste de 0,2% sobre el cargo por Zona Fría, que pasó a ser del 6,8% que, se aplica solo sobre ese componente tarifario que perjudica al centro norte de la provincia.
Información oficial
Según un parte de prensa de Litoralgas, «con este nuevo cuadro tarifario el 75%» de sus clientes residenciales recibirá «un incremento que ronda los $600 en sus facturas mensuales promedio. Ese monto se reduce a $420 para los clientes que residen en localidades dentro de la Ley de Zona Fría», aclara.
La variación tiene origen en los siguientes ítems que enumera la distribuidora: «precio del gas (PIST): 0,6 % (efecto combinado por reducción en el precio en dólares y su conversión a pesos); Costo del Transporte: 2,3%; Servicio de Distribución: 2,3% (por inflación) y 0,7% (cuota 5 de 31 de la Revisión Quinquenal de Tarifas y Plan de Obras 2025-2029); Impuestos proporcionales».
Además, «Grandes industrias y Estaciones de GNC: 2,3% en los componentes regulados de Transporte y Distribución, adicionándose la cuota 5 de 31 de la Revisión Quinquenal de Tarifas».
Corrección
La suba corresponde a una suerte de corrección, admitida por el Enargas, sobre cómo fueron estimados los «insumos utilizados para calcular» las ganancias de la empresa prestadora, según los considerandos de la Resolución 635 del intervenido Ente Regulador Nacional del Gas, allí se advirtieron «errores materiales».
En los fundamentos del decisorio firmado por el interventor Carlos Alberto María Casares se aclara que van a ir por otra resolución los reajustes de precios que, de forma semestral, se produzcan por ejemplo por la la inflación o por el valor del dólar, entre otros.
También el Enargas compensa a las distribuidoras porque las subas que operaron en junio se comenzaron a aplicar recién el día 6 de ese mes y ahora dicta sobre esos días una compensación (de ínfima ponderación final).