Con el inicio del mes de octubre, los juzgados de Circuito de los tribunales de las ciudades Santa Fe y de Rosario se transformaron en juzgados de Distrito, siguiendo los lineamientos dispuestos por la Ley N° 14.264 sancionada, a instancias del Poder Ejecutivo, en mayo del año pasado. Fue la llamada reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia.
La mencionada norma tiene un alcance muy amplio, ya que introduce una reforma estructural en el Poder Judicial al modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley N° 10160) y el Código Procesal Civil y Comercial (Ley N° 5531). Los alcances principales se centran en la reorganización de los tribunales y la modificación de distintos aspectos procesales.
«Es la puesta en marcha de la tercera etapa de la implementación de la norma» señaló a El Litoral, el secretario de Justicia, Santiago Mascheroni. Esa ley tiene 53 artículos y prevé la progresiva entrada en vigencia de las nuevas disposiciones.

La Corte Suprema de Justicia informó de la transformación de los juzgados de Circuito en Distrito así como de que las nuevas causas de índole sucesoria ingresarán a un juzgado con competencia exclusiva en la materia. En tanto, las Oficinas de Procesos Sucesorios quedaron asignadas a un juzgado de distrito único. Las modificaciones fueron dispuestas en la menciona norma jurídica.
Mascheroni recordó que la Ley N° 14.264 tuvo como eje tres reformas estructurales que implicaron tres pasos o tres etapas. La primera fue convertir los tribunales Colegiados de Familia y Responsabilidad Extracontractual en unipersonales, puesto ya en práctica y que incluso en la última Asamblea Legislativa se votaron tres pliegos para que subrogantes ocupen otros tantos juzgados vacantes.
La segunda etapa fue la transformación de las Cámaras de Apelación de Circuito de las dos principales ciudades en Cámaras de Apelación Civil y Comercial. La tercera es el actual paso de Circuito a Distrito que se completará de acá a diciembre en el resto de la provincia.
Nuevas funciones
En el comunicado difundido ayer, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe hizo saber que, desde el miércoles 1 de octubre, los juzgados de Primera Instancia de Circuito de los Distritos Judiciales n.° 1 y 2 (Santa Fe y Rosario) comienzan a funcionar como juzgados de Primera Instancia de Distrito de conformidad a lo dispuesto por la Ley 14.264.
Se precisó que de esta forma, en el Distrito Judicial n.° 1 – Santa Fe- los juzgados de Primera Instancia de Circuito n.° 1, 2, y 3 pasan a ser Juzgados de Distrito en lo Civil y Comercial n.°12, 13 y 14.
En el Distrito Judicial n.° 2 – Rosario- los Juzgados de Primera Instancia de Circuito 1, 2, 3 y 5, pasan a denominarse juzgados de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial n.°19, 20, 21 y 22.
Asimismo, la Corte Suprema informó que en miras a reforzar estructuras y con el fin de optimizar los actuales procesos de gestión judicial, desde esta semana, las Oficinas de Procesos Sucesorios de Santa Fe y Rosario comenzaron a funcionar asignadas a un solo juzgado Civil y Comercial de cada distrito.
Estos Juzgados de Distrito – tanto en Santa Fe como en Rosario- atenderán todas las causas referentes a «Juicios Sucesorios» que ingresen por las Mesas de Entradas Únicas (MEU) de estos distritos.
Se precisó que serán asignadas esas funciones en Santa Fe, al Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial n.° 13.
Impacto
En el Poder Ejecutivo se señaló que la Ley 14.264 busca una readecuación y modernización del sistema judicial civil, comercial y de familia en Santa Fe, con un impacto significativo en la competencia, la organización de los jueces y la tramitación de los recursos judiciales.
Con información de El Litoral