Ingresó al Senado de la Provincia una nota de la Corte Suprema de Justicia que, con la firma de todos sus ministros, impulsa fuertes cambios en el mapa judicial de Santa Fe para «profundizar» la reforma dispuesta por dos leyes del año pasado.
El texto constituye una propuesta de numerosos cambios (de distrito, de circunscripciones y de categorías de juzgados) que según la cabeza de la Justicia santafesina «se enmarcan en el deseable anhelo de contar con órganos jurisdiccionales dotados de mayor competencia y conocimiento en el vasto territorio provincial; lo que provocará un mayor acercamiento de la justicia al justiciable, a la vez de una importante reconducción y disminución de la litigiosidad en materia civil, comercial y laboral desde los ejidos urbanos más densamente poblados, hacia los nuevos órganos aquí y considerados».
La iniciativa de los ministros de la Corte «no involucra la creación de nuevos Juzgados, sino una transformación de unidades ya existentes, a las cuales se les proveerá de mayor competencia material» e indica que para «asegurar la viabilidad de la presente reforma (…) se ha efectuado una profunda evaluación que contempla no solo las realidades funcionales de cada órgano jurisdiccional, sino también los adecuados índices de atención y respuesta que desde cada dependencia objeto de la presente reforma, se puede proveer a la ciudadanía toda».
El escrito que solicita modificaciones en la Ley 10.160 Orgánica del Poder Judicial pasó en la sesión del jueves 13 de noviembre a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, bajo el expreso pedido de la acordada de solicitar «la pronta consideración, tratamiento y sanción del proyecto de ley que se remite».
Dos normas y sus efectos
Los fundamentos del proyecto reconocen que dos leyes de 2024, la 14.264 y su modificatoria 14.323, introdujeron «profundos cambios en el esquema organizacional y en el mapa judicial de este Poder Judicial, en tanto provocó la transformación de diferentes órganos jurisdiccionales con competencia en materia de Circuito en Cámaras de Apelación y Juzgados de Primera Instancia de Distrito».
Indica que, a la par de tales reestructuraciones, «la mentada reforma produjo la unipersonalización de los hasta entonces Tribunales Colegiados de Familia y Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extractontractual» y subraya que «en dicho orden de ideas, desde este Máximo Tribunal provincial se llevaron a cabo todas y cada una de las transformaciones y adaptaciones previstas por la nueva normativa; las que involucraron reestructuraciones internas en los diversos estamentos que componen este Poder Judicial. Ahora bien, luego de esquematizar y ejecutar de manera escalonada y precisa el nuevo diseño organizacional que el legislador previó en la reforma legal, a través de las decisiones adoptadas», en cuatro Acuerdos, «se entiende oportuno profundizar el mismo en base al proyecto de ley que aquí se acompaña».
La iniciativa busca modificar los artículos 5, 6, 7, 77, 79, 109 Y 112 de la Ley N° 10.160 y sus modificatorias sobre los distritos, las circunscripciones y la planta judicial. Contiene disposiciones sobre jueces en lo Civil, Comercial y Laboral y de Primera Instancia de Circuito
Pleitos en curso
Uno de los artículos propuestos por la Corte plantea que «los juicios en trámite a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, iniciados ante los juzgados de circuito aquí transformados, continuarán ante los juzgados de distrito respectivos, adaptándose en lo pertinente el procedimiento en las causas que así lo requieran». Y otro punto a considerar por los legisladores ordena: «Deléguese en la Corte Suprema de Justicia de la Provincia la implementación progresiva de la presente ley, la cual no podrá exceder de un año a partir de su entrada en vigencia».







