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Condenaron a 7 años de prisión al muralista Andrés Iglesias por abuso sexual con acceso carnal

La Justicia consideró acreditado que la víctima no consintió la relación. El fallo podría sentar un precedente en casos de violencia sexual en el marco de relaciones afectivas

El muralista santafesino Andrés Iglesias, conocido en el ambiente artístico como Niño de Cobre, fue condenado a 7 años y 6 meses de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de quien era su pareja en diciembre de 2022. El fallo fue dictado este viernes en el marco del juicio oral y público que se desarrolló durante la última semana en los tribunales de Santa Fe.

Durante la audiencia de alegatos de clausura, las abogadas querellantes Jaquelina Bussi y Paula Condrac habían solicitado la pena máxima prevista por el Código Penal para este tipo de delitos: 15 años de prisión. Argumentaron que el hecho denunciado se enmarca en una relación afectiva signada por la violencia, el control y la ausencia total de consentimiento por parte de la víctima.

“Estos hechos no ocurren en la vía pública, sino en espacios privados. No se puede pretender un testigo presencial. Pero hay rastros, tecnológicos y psicológicos, que son pruebas contundentes”, sostuvo la abogada Bussi.

Violencia, control y abuso

La fiscal Luciana Escobar Cello, quien llevó adelante la investigación, describió la relación entre Iglesias y la víctima —que se extendió por unos nueve meses— como “sumamente abusiva, desigual y violenta”. Según relató, el acusado controlaba a su pareja, restringía sus vínculos personales, regulaba su vestimenta y ejercía un dominio constante sobre el uso de su celular y redes sociales.

Además, sostuvo que Iglesias obligaba a la víctima a mantener conductas sexuales no consentidas y que el hecho investigado se produjo cuando ella expresamente se negó a tener relaciones sexuales, siendo luego forzada con violencia.

El muralista, de 39 años, ya contaba con antecedentes penales: en 2020 fue condenado por tentativa de extorsión contra otra expareja. En aquella oportunidad se le concedió una probation con condiciones que incluían la realización de un curso sobre violencias del patriarcado y la publicación de un desagravio en sus redes sociales.

Pruebas y sentencia

Durante el debate, la acusación estuvo a cargo de la fiscal Jorgelina Moser Ferro, de la Unidad Fiscal Especial de Violencias de Género, Familiar y Sexual (Gefas). La investigación había comenzado tiempo después del hecho, ocurrido el 17 de diciembre de 2022, cuando la víctima logró radicar la denuncia. A partir de ese momento, la fiscalía avanzó con la recolección de pruebas, testimonios y peritajes psicológicos.

Entre los elementos considerados por el tribunal se incluyeron el testimonio de la víctima, que fue valorado por su coherencia y persistencia en el tiempo, los informes de la psicóloga que la atendió durante años, y los mensajes recuperados del celular. También declararon familiares y amistades cercanas a la mujer.

“Creemos que pudimos probar lo que denunciamos. Este juicio demuestra que no hay impunidad si hay voluntad de escuchar, investigar y actuar”, subrayaron las abogadas querellantes.

Con información de UNO Santa Fe 

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