Introduce cambios en indemnizaciones, jornada laboral, convenios colectivos, justicia laboral y crea nuevos incentivos fiscales y laborales.
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reforma laboral impulsado por el oficialismo, que ya contaba con media sanción del Senado, aunque con modificaciones que obligan a su regreso a la Cámara alta para convertirse en ley. Entre los cambios más relevantes se eliminó el polémico artículo 44, que proponía una reducción drástica en las remuneraciones por enfermedad o accidente laboral.
El proyecto, de más de 200 artículos, se estructura en cinco ejes: modificaciones al régimen laboral, formalización y creación de empleo, cambios en la justicia laboral, reforma tributaria e incentivos a medianas inversiones.
Cambios en la Ley de Contrato de Trabajo
La reforma introduce modificaciones profundas en las relaciones laborales y en el esquema de indemnizaciones.
En materia salarial, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá acordarse en convenios colectivos o incluso por decisión del empleador, como pagos por mérito o productividad. Los salarios deberán abonarse a través de entidades bancarias, excluyendo a las billeteras virtuales.
Respecto de las indemnizaciones por despido, se reduce la base de cálculo: ya no se incluirán conceptos como aguinaldo, vacaciones, propinas o premios. Además, se fija un tope salarial equivalente a tres veces el promedio mensual del convenio aplicable. Las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un 3% anual, y podrán pagarse en cuotas: hasta seis en grandes empresas y hasta doce en pymes.
También se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con un porcentaje de las contribuciones patronales (1% para grandes empresas y 2,5% para pymes), administrados por la Comisión Nacional de Valores.
En cuanto a la jornada laboral, se habilita la extensión diaria de 8 a 12 horas, con un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas. Se introduce el banco de horas, que permitirá compensar horas extra con francos en lugar de pagarlas.
La reforma mantiene el 6% de aportes patronales a obras sociales y conserva la cuota sindical obligatoria, aunque con un tope del 2% del salario por dos años. Se ratifica la prioridad de los acuerdos por empresa o regionales sobre los convenios sectoriales.
Derecho de huelga y estatutos
El proyecto fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas: 75% en servicios esenciales y 50% en actividades consideradas “trascendentales”. Amplía además la nómina de servicios alcanzados e impone autorización previa del empleador para realizar asambleas en horario laboral.
Se derogan estatutos profesionales como los de viajantes de comercio, peluqueros, choferes particulares y operadores de radio, y el estatuto del periodista quedará sin efecto a partir de 2027.
En el caso de los trabajadores de plataformas digitales, se crea la figura de repartidor independiente, estableciendo que el vínculo no constituye relación laboral sino un contrato de servicios.
Formalización y blanqueo laboral
La iniciativa crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), que permitirá regularizar trabajadores no registrados con condonación de hasta el 70% de deudas por aportes y contribuciones, además de la extinción de acciones penales.
También se establece el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con reducción de contribuciones patronales (8%) por cada nuevo trabajador contratado durante un año.
Cambios en la justicia laboral
La reforma introduce modificaciones para reducir la litigiosidad, otorgando carácter de sentencia firme a los acuerdos homologados ante la autoridad laboral. Se fijan topes a honorarios y costas judiciales, que no podrán superar el 25% del monto de la sentencia.
Además, se prevé el traspaso progresivo de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires, con transferencia de recursos y competencias.
Reforma tributaria e incentivos a inversiones
En materia impositiva, se propone la exención de IVA para la energía eléctrica utilizada en riego agroindustrial y la eliminación de impuestos internos a diversos productos electrónicos y bienes suntuarios.
El proyecto también dispone que en 2028 se elimine el fondo que financia al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA).
Por último, se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que contempla amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de IVA para inversiones productivas que oscilen entre 150.000 y 9 millones de dólares.
Con estas modificaciones, la reforma laboral avanza en el Congreso con un amplio alcance sobre el sistema laboral, tributario y judicial, a la espera de su tratamiento definitivo en el Senado.
