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La Justicia suspendió el DNU que limitaba el derecho a huelga

Hizo lugar a una acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) para que se suspenda temporalmente la aplicación de los artículos del decreto.

La Justicia hizo lugar a una acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) en la que solicitaba el dictado de una medida cautelar para que se suspenda temporalmente la aplicación de los artículos del DNU que limitaba el derecho a huelga, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.

La central gremial considera que los arts. 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia No. 340/25 dictado el 21/05/2025 violan «el principio republicano de división de poderes y violación al derecho y principio de libertad sindical».

En primer lugar, la Justicia declaró la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la causa ya que es «una contienda en la que resulta inobjetable el contenido de derecho social» y luego admitió «la viabilidad formal de la acción de amparo interpuesta», para finalmente «hacer lugar a la medida cautelar peticionada y suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2° y 3° del D.N.U. 340/25 en relación con la Confederación General del Trabajo y los trabajadores representados por dicha entidad gremial hasta tanto se dicte sentencia definitiva».

El polémico DNU340/25 que publicó el Gobierno que limita el derecho a huelga, en actividades que desde ahora son consideradas «esenciales», y que fue criticado por la central obrera. De esta manera, ante conflictos gremiales, los trabajadores deberán garantizar un funcionamiento de entre 50 y 75%, lo cual debilita de hecho el derecho a huelga.

Fuente: C5N

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