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viernes, 24 julio 2026

Tierra para extranjeros: Oficialismo y aliados ratifican cambios al dictamen y fijan debate para el 6 de agosto

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El Ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, y la jefa del bloque oficialista, Patricia Bullrich, sellaron un acuerdo para sostener las modificaciones consensuadas entre los senadores libertarios y los bloques dialoguistas respecto a la quita de restricciones para la venta de tierras a extranjeros. Tras una reunión vespertina en el Senado —de la que también participó el Secretario de Desregulación, Alejandro Cacace—, Bullrich confirmó a la prensa acreditada que el ministro aceptó las reformas, por lo que el proyecto se tratará con las modificaciones acordadas el próximo 6 de agosto. Las discrepancias internas y la falta de legisladores aliados habían obligado previamente al Gobierno a postergar este debate por cuarta vez en la sesión del pasado 16 de julio.

Uno de los ejes de tensión entre Bullrich y Sturzenegger radicaba en la autonomía de las provincias para convalidar ventas a inversores extranjeros, abriendo la puerta a normativas locales. Al respecto, Bullrich aclaró que, si bien las provincias conservan la facultad de legislar, no creen que dicten leyes propias. Asimismo, explicó que el ministro tenía dudas que fueron disipadas al fundamentar que los cambios aportan una mirada federal y suman a las provincias en decisiones sobre áreas fronterizas para dinamizar inversiones. La senadora enfatizó que el proyecto cuenta con el consenso de todos los bloques y no pone en riesgo la soberanía, argumentando que la propiedad del suelo no la altera y que las leyes argentinas aplican por igual a nacionales y extranjeros.

Los límites establecidos en el dictamen definitivo:

  • Jurisdicción provincial: Cada provincia mantiene el control pleno de su territorio y podrá fijar su propio régimen jurídico aplicable.
  • Prohibición a Estados: Se veta la compra de tierras rurales por parte de Estados extranjeros o empresas con participación estatal extranjera, salvo que tengan el aval explícito de la provincia afectada y del Poder Ejecutivo Nacional.
  • Obligatoriedad de registro: Toda adquisición efectuada por extranjeros se debe anotar en el Registro Nacional de Tierras Rurales (Art. 14).
  • Zonas de frontera: Las compras en áreas de seguridad fronteriza por parte de extranjeros requerirán la doble autorización de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional.
  • Fin del silencio administrativo: Se suprime la cláusula que aprobaba automáticamente la venta si la provincia o la Nación no se pronunciaban en un lapso de seis meses.
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